20 febrero, 2025
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Impacto de los Pisos Turísticos en las Comunidades de Vecinos de Albacete: Retos y Oportunidades

El Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas (CGCAFE) ha expresado su satisfacción tras la aprobación de la Ley Orgánica 1/2025, que modifica la normativa sobre la propiedad horizontal en España. Esta ley establece que los propietarios que deseen llevar a cabo actividades turísticas en sus viviendas deben obtener la aprobación expresa de la Comunidad de Propietarios, lo cual debe ser decidido en una reunión con el consenso de al menos tres quintas partes de los propietarios. De no cumplir esta regulación, las comunidades tienen la facultad de solicitar la suspensión inmediata de tales actividades, una medida que busca mitigar los conflictos generados por el alquiler turístico, que incluyen incumplimientos de las normas de convivencia y problemas de seguridad.

Además, el CGCAFE ha subrayado la necesidad de avanzar hacia una nueva Ley de Propiedad Horizontal que aborde cuestiones adicionales, como la validez de las juntas telemáticas, especialmente significativas en situaciones de emergencia. El presidente de la entidad, Pablo Abascal, ha señalado que la reforma anterior ha facilitado la toma de decisiones en comunidades respecto a actividades turísticas, al no requerir unanimidad, lo que mejora la convivencia entre los vecinos. Una moción presentada en el Senado para permitir juntas telemáticas ha sido aprobada, lo que señala un paso hacia la modernización de la legislación, necesaria para gestionar adecuadamente las comunidades de propietarios frente a escenarios críticos.

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