El Tribunal Supremo del Reino Unido ha decidido que el término ‘mujer’ en la legislación británica se refiere exclusivamente al sexo biológico, excluyendo así a las personas transexuales de ciertas protecciones legales. Esta determinación se produce en medio de un debate en el que se enfrentan ideologías feministas y los derechos de la comunidad trans, y afecta específicamente a cuestiones legales sobre igualdad de género, como la ley de paridad en los consejos de administración de organismos públicos. Según el fallo, aunque el término ‘biológico’ no se emplea de forma explícita en la Ley de Igualdad de 2010, el sentido habitual de la palabra remite a las características biológicas que definen a hombres y mujeres.
La sentencia ha sido recibida con entusiasmo por algunas feministas que apoyaban el recurso, mientras que las organizaciones que defienden los derechos de las personas trans la han criticado por su potencial impacto negativo. Desde el Gobierno británico, se ha resaltado que el fallo aporta «claridad» y «confianza» en torno a la protección de espacios segregados por sexo basado en el biológico. La líder de la oposición, Kemi Badenoch, ha proclamado que la decisión representa una victoria para las mujeres, reafirmando la distinción entre mujeres y hombres basada en su sexo biológico. A pesar de ello, el tribunal ha subrayado que las personas trans continúan con protección ante la discriminación por razones de género, aunque su definición legal de «mujer» no incluya a quienes han hecho la transición de género.
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